Articulo 1 Protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada
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»Artículo 1. Objeto y campo de aplicación.
Vigente
El presente Real Decreto tiene por objeto la protección radiológica operacional de los trabajadores externos, definidos en el artículo 2, con riesgo de exposición a las radiaciones ionizantes al intervenir en zona controlada, en desarrollo del régimen previsto en la Ley 25/1964, de 29 de abril, de Energía Nuclear, y complementando lo dispuesto en el Real Decreto 53/1992, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (RPSRI).