Articulo 1 Producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP)
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El presente Reglamento establece normas uniformes sobre la inscripción, producción, distribución y supervisión de los productos de pensiones individuales que se distribuyen en la Unión con la denominación «producto paneuropeo de pensiones individuales» o «PEPP».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-2019 en vigor desde 14-08-2019