Articulo 1 Plataforma de ...estigación

Articulo 1 Plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación

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Artículo 1. Objeto

Vigente

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El presente Reglamento establece:

a) una plataforma informática (en lo sucesivo, «plataforma de colaboración de los ECI»), que se utilizará con carácter voluntario para facilitar la cooperación de las autoridades competentes que participen en los equipos conjuntos de investigación (ECI) creados con arreglo al artículo 13 del Convenio celebrado por el Consejo de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea, o a la Decisión Marco 2002/465/JAI;

b) normas sobre la división de responsabilidades entre los usuarios de la plataforma de colaboración de los ECI y la agencia responsable del desarrollo y el mantenimiento de la plataforma de colaboración de los ECI;

c) las condiciones en las que los usuarios de la plataforma de colaboración de los ECI pueden recibir acceso a esa plataforma;

d) las disposiciones específicas en materia de protección de datos que se necesitan para completar las disposiciones vigentes al respecto y garantizar un nivel general adecuado de protección de datos, seguridad de los datos y protección de los derechos fundamentales de las personas interesadas.