Articulo 1 Planes Turísticos de Grandes Ciudades
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El presente Decreto se dicta en desarrollo del artículo 15 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, teniendo por objeto regular la formulación y aprobación de los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía (en adelante «los Planes»), y los convenios de colaboración mediante los que se articulan.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-09-2016 en vigor desde 09-09-2016