Articulo 1 Patrimonio cultural aragonés
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Esta Ley tiene por objeto la protección, conservación, acrecentamiento, investigación, difusión, promoción, fomento y formación, para la transmisión a las generaciones futuras del patrimonio cultural aragonés y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y titularidad, garantizando su uso como bien social y factor de desarrollo sostenible para Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-1999 en vigor desde 13-04-1999