Articulo 1 Ordenación del territorio de Galicia -Derogada-
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»Artículo 1. Finalidad de la Ley.
Vigente
La presente Ley tiene como finalidad establecer los objetivos fundamentales y crear los instrumentos necesarios para la coordinación de la política territorial y la ordenación del espacio de la Comunidad Autónoma de Galicia, al objeto de favorecer la utilización racional del territorio gallego y proteger el medio natural, mejorar la calidad de vida y contribuir al equilibrio territorial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-12-1995 en vigor desde 12-01-1996