Articulo 1 Ordenación del...de Euskadi

Articulo 1 Ordenación del Territorio de Euskadi

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Artículo 1.

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Es objeto de la presente Ley de definición y regulación de los instrumentos de ordenación territorial del País Vasco, así como el establecimiento de los criterios y procedimientos necesarios para asegurar la coordinación de las acciones con incidencia territorial que corresponda desarrollar a las diferentes Administraciones Públicas en ejercicio de sus respectivas competencias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-1990 en vigor desde 04-07-1990