Articulo 1 Ordenación del Sistema Universitario
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1. Objeto de la Ley.
Vigente
1. La presente Ley tiene como objeto la ordenación y coordinación del sistema universitario de Aragón, en ejercicio de las competencias propias de la Comunidad Autónoma de Aragón, con respeto al principio de autonomía universitaria y en el marco del sistema universitario español y del espacio europeo de educación superior.
2. Corresponde al Gobierno de Aragón y a las universidades el impulso y el desarrollo del sistema universitario de Aragón.
3. Igualmente, por medio de esta Ley se regula el Consejo Social de la Universidad de Zaragoza y se crea la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-06-2005 en vigor desde 25-06-2005