Articulo 1 Ordenación Far... Cantabria

Articulo 1 Ordenación Farmacéutica de Cantabria

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Artículo 1. Objeto de la Ley.

Vigente

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1. La presente Ley tiene por objeto la regulación y ordenación de la atención farmacéutica que debe prestarse a los ciudadanos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. El Gobierno de Cantabria, dentro de su ámbito de competencias y en colaboración con otras Administraciones y entidades públicas y privadas, garantizará, mediante las acciones y los mecanismos necesarios, una atención farmacéutica universal, continua, integral y adecuada a la población.

3. Para el desarrollo de esta Ley se promoverán medidas de colaboración con aquellas entidades u organizaciones profesionales, científicas y sanitarias del ámbito de la atención farmacéutica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2001 en vigor desde 16-01-2006