Articulo 1 Ordenación Far... de C León

Articulo 1 Ordenación Farmacéutica de C. León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La presente Ley tiene por objeto la regulación y ordenación de la atención farmacéutica que debe prestarse a los ciudadanos en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con las competencias previstas en el artículo 34º.1.1ª y 8ª del vigente Estatuto de Autonomía y en los términos recogidos en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento y Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de los Servicios de las Oficinas de Farmacia.

2. Corresponde a la Administración de la Comunidad de Castilla y León, dentro de su ámbito territorial y con la colaboración de otras Administraciones y Entidades públicas y privadas, garantizar, mediante las acciones y mecanismos necesarios, una atención farmacéutica continua, integral y de calidad a la población.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 15-01-2002