Articulo 1 Obligaciones a...de 31 años

Articulo 1 Obligaciones a operadores de transporte público colectivo terrestre para la gratuidad temporal para los jóvenes menores de 31 años

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Constituye el objeto de esta norma el establecimiento de las obligaciones de los operadores de servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general competencia de la Generalitat para implantar la gratuidad temporal desde el 7 de abril hasta el 31 de julio de 2023, ambos inclusive, para las personas menores de 31 años en los servicios que prestan.

Quedan excluidos del ámbito del presente Decreto-ley los servicios públicos de transporte por carretera de Metrobus gestionados por la Autoridad de Transporte Metropolitano de València.