Articulo 1 Normativa de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de un procedimiento de cálculo del precio del combustible gas natural consumido por los grupos de generación en el sistema eléctrico insular balear, el establecimiento de un procedimiento de cálculo del precio del Fuel Oil BIA 0,7-0,73 a efectos de la retribución de los grupos de generación del sistema eléctrico canario y la regulación de otros aspectos del régimen de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
Modificaciones
- Modificación realizada por Correccion de errores de la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, por la que se regulan diferentes aspectos de la normativa de los sistemas electricos insulares y extrapeninsulares.
(BOE de 11-08-2010) en vigor desde 12-08-2010