Articulo 1 Normas para la... y precios

Articulo 1 Normas para la aplicación de las tasas y precios

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Artículo 1. Objeto.

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1. El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la aplicación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. La aplicación de las tasas y de los precios de la Comunidad Autónoma de Galicia comprende todas las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia a los obligados al pago de los instrumentos financieros y a la gestión, inspección y recaudación, así como las actuaciones de los obligados en el ejercicio de sus derechos o en cumplimiento de sus obligaciones.

3. La aplicación de las tasas y de los precios de la Comunidad Autónoma de Galicia se desarrollará mediante los procedimientos administrativos de gestión, inspección, recaudación y los demás previstos en este Decreto y en la normativa correspondiente.

4. La consellería competente en materia de hacienda promoverá la agilidad, la simplificación, la descentralización así como la coordinación administrativa en los procedimientos de aplicación de las tasas y de los precios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2005 en vigor desde 04-05-2005