Articulo 1 Modificación de la Ley 5/2005 -conservación de espacios de relevancia ambiental (LECO)-
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»Artículo primero. Modificación del artículo 3 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO)
Vigente
Se modifica el apartado 4 del artículo 3 de la Ley 5/2005, que queda redactado de la manera siguiente:
"4. Las distintas administraciones, en el marco de sus competencias y a través de los instrumentos de ordenación oportunos, tienen que habilitar, cuando proceda, itinerarios y zonas para el disfrute público de estos espacios."