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Articulo 1 Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, de fomento de la promoción interna y de agilización de la cobertura de puestos de trabajo con funcionarios de carrera

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Artículo 1. Promoción interna y procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

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1. Se autoriza a la persona titular del departamento competente en materia de empleo público a convocar procesos selectivos especiales de promoción interna en los cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario de administración y técnico de la Administración de la Generalitat, de acuerdo con lo que establece la presente ley.

2. El número de plazas que deben convocarse por el turno de promoción interna corresponde al 45% del total de plazas de cada uno de los cuerpos, escalas o especialidades incluidos en la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal de la Generalitat que dispongan de cuerpos, escalas o especialidades del grupo o subgrupo de titulación inmediatamente inferior de la misma área o especialidad.

3. Los procesos selectivos de promoción interna deben convocarse mediante el sistema de concurso oposición, en los mismos términos que los procesos selectivos de concurso oposición de estabilización a que se refiere el artículo 2 de la Ley del Estado 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

4. Pueden participar en los procesos selectivos de promoción interna establecidos por la presente ley los funcionarios de carrera en servicio activo, en situación administrativa con derecho a reserva de puesto de trabajo o en excedencia voluntaria por incompatibilidades, con las siguientes condiciones:

a) Deben haber accedido como funcionarios de carrera al cuerpo, escala o especialidad desde el que promocionan dos años antes, como mínimo.

b) Deben cumplir los requisitos legales de titulación y el resto de requisitos que exige la convocatoria.

5. Los funcionarios de carrera que se hayan declarado en situación de excedencia voluntaria por interés particular pueden participar en los procesos selectivos a que se refiere el apartado 4 para prestar servicios en régimen de temporalidad en el ámbito de la Administración de la Generalitat o su sector público.

6. También pueden participar en estos procesos selectivos de promoción interna, excepcionalmente y de acuerdo con la disposición adicional vigésima tercera del texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública aprobado por el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, los funcionarios de los cuerpos y escalas del subgrupo C2 que no posean las titulaciones requeridas para acceder al subgrupo C1, siempre que tengan una antigüedad de diez años en el cuerpo o escala desde el que promocionan.

7. A los funcionarios que superen los procesos de promoción interna se les adjudican con carácter provisional las plazas objeto de la convocatoria.

8. Sin perjuicio de lo establecido por el apartado 7, los funcionarios que superen los procesos de promoción interna para el acceso a la escala administrativa del cuerpo administrativo y a la escala superior del cuerpo superior de la Generalitat quedan destinados en el mismo puesto de trabajo que desarrollaban y en la misma forma de ocupación, definitiva o provisional. Estos puestos de trabajo deben ser objeto de reclasificación, con la conservación del mismo nivel de destino, mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo. En caso de que el puesto ocupado provisionalmente esté reservado a otro funcionario de carrera, el puesto de trabajo que tenía reservado el funcionario que se promociona debe reclasificarse y el funcionario debe reincorporarse al mismo. En caso de que no tenga un puesto de trabajo reservado, se le debe adjudicar con carácter provisional una plaza objeto de la convocatoria. Si no existe un nivel equivalente en el cuerpo o escala al que se promociona, se le atribuye el nivel inferior del cuerpo o escala.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-05-2023 en vigor desde 15-05-2023