Articulo 1 Medidas urgentes de empleo

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Artículo 1. Objeto.

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1. El presente decreto-ley tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones públicas dirigidas a financiar los programas y medidas implementados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Asimismo, es objeto del presente decreto-ley convocar las subvenciones destinadas a la financiación de los siguientes Programas y medidas incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados en el mismo:

a) Línea 1. Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas.

b) Línea 2. Programa Investigo.

c) Línea 3. Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.

d) Línea 4. Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.

e) Línea 5. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas. Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital.

f) Línea 6. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas: Transición del trabajo autónomo y de la economía social hacia una economía verde y digital.

3. La gestión y ejecución de los programas y subvenciones corresponderá al Servicio Andaluz de Empleo, excepto el programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas, regulado en la Sección 2.ª del Capítulo V del Título I, que corresponderá a la Dirección General o Delegación Territorial competente en materia de trabajo autónomo y economía social de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021