Articulo 1 Medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario
Articulo 1 Medidas urgent... sanitario

Articulo 1 Medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario

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Artículo 1. Objeto

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1. Este Decreto ley tiene por objeto, por un lado, establecer los módulos para el sostenimiento de las aulas de primer ciclo de educación infantil de las escoletes de la red pública de escuelas infantiles de las Illes Balears y de la red complementaria que permitan la gratuidad de la escolarización de los alumnos matriculados y, por el otro, permitir la suspensión del cobro de las tasas o de los precios públicos de las escoletes de la red pública a partir del 1 de septiembre de 2023, mientras se lleva a cabo la necesaria tramitación de la modificación de estas tasas o precios públicos.

2. Además, se establece que la Consejería de Educación y Universidades tiene que publicar los modelos de convenios específicos que tendrán que firmar los titulares de los centros de la red pública y los de la red complementaria para establecer la gratuidad y financiar la prestación del servicio educativo de los alumnos matriculados de primer ciclo de educación infantil en los términos que se indica en los artículos 2 y 3. Estos convenios tendrán que sustituir a los publicados mediante las resoluciones del consejero de Educación y Formación Profesional de 20 de septiembre de 2022, por las cuales se aprobaban los modelos de convenios específicos entre el Gobierno de las Illes Balears y las entidades públicas y privadas de las redes pública y complementaria para establecer la gratuidad del servicio educativo de tercero de educación infantil.

3. También es objeto de este Decreto ley el establecimiento de determinadas medidas en el ámbito sanitario mediante las disposiciones finales segunda y cuarta de modificación de las correspondientes normas legales vigentes en el mencionado ámbito.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-08-2023 en vigor desde 29-08-2023