Articulo 1 Medidas fiscales para la sostenibilidad energética
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»Artículo 1. Naturaleza.
Vigente
El impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica es un tributo de carácter directo y naturaleza real que grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, a través de cada una de las instalaciones indicadas en el artículo 4 de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2012 en vigor desde 01-01-2013