Articulo 1 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2003 de la Generalitat
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»Artículo 1.
Vigente
Se modifica el artículo 16 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, que queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 16. Exenciones y bonificaciones.
Uno. Están exentos del pago de esta tasa los miembros de familias numerosas de honor y de segunda categoría.
Dos. Disfrutarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente por esta tasa los miembros de familias numerosas de primera categoría.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2003 en vigor desde 01-01-2004