Articulo 1 Medidas Fiscal... Cantabria

Articulo 1 Medidas Fiscales y Administrativas 2018 de Cantabria

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Artículo 1. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Sanidad, establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria.

Vigente

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Se modifica la Tasa 7 Tasa por pruebas selectivas de personal estatutario , de las aplicables por la Consejería de Sanidad, quedando redactada como sigue:

7. Tasa por participación en pruebas selectivas de personal estatutario.

Hecho imponible. Constituye el hecho imponible la participación en pruebas selectivas para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo convocadas por la Consejería de Sanidad.

Sujeto pasivo. Serán sujetos pasivos las personas físicas que soliciten la participación en tales pruebas selectivas.

Exenciones. Estarán exentos del pago de esta tasa:

- Las personas desempleadas que figuren inscritas como tales en los servicios públicos de empleo, con al menos un mes de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo.

- Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

- Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

- Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas.

Devengo. La tasa se devengará en el momento de presentar la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Tarifas. La tasa se exigirá conforme a la siguiente tarifa:

- Pruebas selectivas de acceso a plazas del subgrupo A1: 31,62 euros.

- Pruebas selectivas de acceso a plazas del subgrupo A2: 31,62 euros.

- Pruebas selectivas de acceso a plazas del subgrupo C1: 12,63 euros.

- Pruebas selectivas de acceso a plazas del subgrupo C2: 12,63 euros.

- Pruebas selectivas de acceso a plazas del grupo de Agrupaciones Profesionales: 12,63 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019