Articulo 1 Mediación en a...ercantiles

Articulo 1 Mediación en asuntos civiles y mercantiles

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Concepto.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se entiende por mediación aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-07-2012 en vigor desde 27-07-2012