Articulo 1 Marco de actuación para un uso sostenible de productos fitosanitarios
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El presente real decreto tiene por objeto.
a) Establecer el marco de acción para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios mediante la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos, tales como los métodos no químicos.
b) La aplicación y el desarrollo reglamentario de ciertos preceptos relativos a la comercialización, la utilización y el uso racional y sostenible de los productos fitosanitarios, establecidos por la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, en adelante «la Ley».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-09-2012 en vigor desde 16-09-2012