Articulo 1 Lucha contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante
Artículo 1. Finalidad y objeto.
1. La presente Ley tiene como finalidad la prevención y lucha contra el fraude y la corrupción.
2. El objeto lo constituye:
a) La creación de una Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción y la regulación del procedimiento a seguir por la misma para la investigación e inspección de los hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción, conflicto de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros, en los términos descritos en el Título I.
b) El establecimiento de un régimen de protección de las personas que formulen denuncias ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, respecto de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción, conflicto de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros, en los términos descritos en el Título II.
c) La regulación del régimen sancionador respecto de las acciones u omisiones tipificadas en la ley, en los términos descritos en el Título III.
- Texto Original. Publicado el 01-07-2021 en vigor desde 02-07-2021