Articulo 1 Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo de Especies Amenazadas
Artículo 1. Objeto.
Es objeto del presente real decreto desarrollar algunos de los contenidos de los Capítulos I y II del Título III de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en concreto regular:
a) Las características, contenido y procedimientos de inclusión, cambio de categoría y exclusión de especies en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
b) Las directrices de evaluación periódica del estado de conservación de las especies incluidas en el Listado y en el Catálogo.
c) Las características y contenido de las estrategias de conservación de especies del Catálogo y de lucha contra las principales amenazas para la biodiversidad.
d) Las condiciones técnicas necesarias para la reintroducción de especies extinguidas y el reforzamiento de poblaciones.
e) Las condiciones naturales requeridas para la supervivencia o recuperación de especies silvestres amenazadas.
f) Los aspectos relativos a la cooperación para la conservación de las especies amenazadas.
- Texto Original. Publicado el 23-02-2011 en vigor desde 24-02-2011