Articulo 1 Ley del Impuesto Sucesiones y donaciones -ISD-
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»ARTICULO 1. NATURALEZA Y OBJETO.
Vigente
El impuesto sobre sucesiones y donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a titulo lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-1987 en vigor desde 01-01-1988