Articulo 1 Ley del Deporte
Articulo 1 Ley del Deporte

Articulo 1 Ley del Deporte

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La presente ley tiene por objeto establecer el marco jurídico regulador del deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.3 de la Constitución Española y en el marco de las competencias que corresponden a la Administración General del Estado, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas.

2. Asimismo, corresponde a la Administración General del Estado la representación del deporte español y la supervisión pública del sector en aquellos aspectos que se consideran de interés general para el Estado.

3. La Administración General del Estado, a través de programas de cooperación territorial y planes integrales, fomentará la práctica deportiva entre la ciudadanía y colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para alcanzar los objetivos que establezcan en su legislación de acuerdo con las prioridades que fije el Gobierno de España.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2022 en vigor desde 01-01-2023