Articulo 1 Juventud de Galicia

Articulo 1 Juventud de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La presente ley tiene por objeto establecer el marco normativo y competencial que regule, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, los instrumentos necesarios para desarrollar las políticas públicas dirigidas a la juventud y que garanticen su activa participación.

2. Las políticas públicas dirigidas a la juventud tendrán como finalidad mejorar la calidad de vida de la gente joven, especialmente a través del acceso a la información en materia juvenil y mediante la participación activa de los y las jóvenes en el desarrollo sostenible, económico y social de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2012 en vigor desde 09-08-2012