Articulo 1 Juego

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Artículo 1. Objeto de la Ley.

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Es objeto de la presente Ley la regulación, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de todas las actividades relativas a los casinos, juegos y apuestas, cualesquiera que sean sus modalidades, sobre las que aquella tiene competencia exclusiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.25 del Estatuto de Autonomía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-10-2006 en vigor desde 28-10-2006