Articulo 1 IRPF Álava
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»Artículo 1. Naturaleza.
Vigente
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter directo y naturaleza personal y subjetiva que grava la renta de las personas físicas en los términos previstos en esta Norma Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-12-2013 en vigor desde 09-12-2013