Articulo 1 Intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la UE
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»Artículo 1. Objeto de la ley.
Vigente
Esta Ley tiene por objeto regular el régimen aplicable al intercambio de información sobre antecedentes penales de las personas físicas entre el Registro Central de Penados y las autoridades responsables de los registros nacionales de cada uno de los Estados miembros de la Unión Europea y a la consideración en los procesos penales tramitados en España de resoluciones condenatorias definitivas y firmes dictadas por un órgano jurisdiccional penal por la comisión de un delito con anterioridad contra las mismas personas físicas en otros países Estados miembros de la Unión Europea.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2014 en vigor desde 03-12-2014