Articulo 1 Integración de los centros de ventanilla única empresarial y la ventanilla única de la Directiva de Servicios en los Puntos de Atención al Emprendedor
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Constituye el objeto de este real decreto la regulación de las especificaciones y condiciones para la integración de los centros de Ventanilla Única Empresarial (en adelante, VUE) y la ventanilla única de la Directiva de Servicios 123/2006, de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior (en adelante, VUDS) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la red de Puntos de Atención al Emprendedor, según establece la disposición adicional segunda de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.