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Articulo 1 Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes -IGOMCAA-

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Artículo 1. Objeto.

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1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En ellas se regula la estructura y los contenidos mínimos que deberán cumplir todos los instrumentos de ordenación forestal de los montes públicos y privados, en lo que se refiere a la gestión sostenible de sus recursos forestales.

2. La presente orden también tiene por objeto recoger el procedimiento administrativo para las solicitudes asociadas a los instrumentos de ordenación forestal a los que se refiere el apartado anterior, cuando se trate de montes no gestionados por la Consejería con competencias en materia forestal, conforme a lo establecido en la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.