Articulo 1 Inspección y el procedimiento sancionador en materia de cooperativas
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»Artículo 1.- Principios generales.
Vigente
Solo se podrán imponer sanciones por infracciones tipificadas en el artículo 159 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de cooperativas de Euskadi (en adelante, Ley 11/2019, de 20 de diciembre) en virtud de procedimiento instruido de conformidad con el presente reglamento y se regirá por los principios y garantías establecidos por la normativa legal que resulta de aplicación sobre régimen sancionador de la Administración Pública.