Articulo 1 Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica
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»Artículo 1. Naturaleza
Vigente
El Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica es un tributo de Carácter directo y naturaleza real que grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema Eléctrico de Energía Eléctrica, medida en barras de central, a través de cada una de las instalaciones indicadas en el artículo 4 de esta Norma Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 18-07-2014