Articulo 1 Impuesto sobre...cepciones-

Articulo 1 Impuesto sobre sociedades -derogada con excepciones-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Naturaleza.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas de esta Ley.

2. La exacción del Impuesto correspondiente a los sujetos pasivos no residentes en territorio español se efectuará conforme a las normas reguladoras de la obligación real de contribuir contenidas en el Título VII de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-1995 en vigor desde 01-01-1996