Articulo 1 Implantación d...a -TEMISA-

Articulo 1 Implantación del Sistema Informático de Gestión de Asistencia Jurídica Gratuita -TEMISA-

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Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Vigente

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1. La presente Orden tiene por objeto la aprobación e implantación del Sistema Informático de Gestión de Asistencia Jurídica Gratuita (TEMISA), a través del cual se canalizará el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita y el procedimiento de gestión de pagos, incluyéndose en este último de forma detallada la puesta a disposición de la Consejería competente en materia de justicia, por parte de los Colegios de Abogados y Procuradores de Andalucía, a través de los Consejos Andaluces respectivos, de los expedientes de certificación y justificación de las actuaciones realizadas en el ámbito de la justicia gratuita.

2. El Sistema Informático de Gestión de Asistencia Jurídica Gratuita (TEMISA), será de aplicación a todos los procedimientos en los que se produzca un intercambio de información entre los Colegios de Abogados, los Colegios de Procuradores de Andalucía, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores, con la Consejería competente en materia de justicia gratuita y con las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.

Se excluye a las Comisiones Mixtas entre la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-01-2014 en vigor desde 03-01-2014