Articulo 1 Función pública de I Balears
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Articulo 1 Función pública de I. Balears

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Artículo 1. Objeto

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El objeto de la presente ley es la regulación de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears y la determinación del régimen jurídico del personal que la integra, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía y en el marco de la normativa básica del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007