Articulo 1 Función Estadística Pública
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»Artículo 1.
Es objeto de la presente Ley la regulación de la función estadística para fines estatales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.31 de la Constitución.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-05-1989 en vigor desde 12-05-1989