Articulo 1 Financiación I... Autónomas

Articulo 1 Financiación Incondicionada para las Entidades Locales Autónomas

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Primero. Plazo y medio para solicitar la financiación.

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Las entidades locales autónomas que consten constituidas legalmente a 30 de diciembre de 2021 podrán acceder a la línea de financiación creada por la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Financiación Incondicionada para las Entidades Locales Autónomas, presentando para este ejercicio 2023, en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el formulario de solicitud conforme al modelo previsto en el Anexo II que se acompaña a efectos informativos, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en el siguiente enlace

https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=883&conCertificado=1