Articulo 1 Financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común
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»Artículo 1. Ámbito de aplicación
Vigente
El presente Reglamento establece normas en materia de financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común (PAC), y en particular en materia de:
a) financiación de los gastos de la PAC;
b) sistemas de gestión y control que han de establecer los Estados miembros;
c) procedimientos de liquidación y de conformidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-12-2021 en vigor desde 07-12-2021