Articulo 1 Estadística de C León

Articulo 1 Estadística de C. León

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Artículo 1.

Vigente

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La presente Ley tiene por objeto la regulación de la actividad estadística que desarrolle la Comunidad de Castilla y León para sus propios fines y la actividad estadística pública de interés para la Comunidad de Castilla y León realizada voluntariamente por Corporaciones Locales y entes comarcales de la Comunidad y se aplicará a todos los órganos de las mismas, a sus Administraciones Generales e Institucionales y a toda entidad pública que de ellas dependa.