Articulo 1 Se establecen los departamentos de la AEAT y se les atribuyen funciones y competencias
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»Artículo 1. Departamentos.
Vigente
1. Se integran en la organización central de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con dependencia directa de la Dirección General de la Agencia, los siguientes Departamentos, todos ellos con rango de dirección general:
a) Departamento de Gestión Tributaria.
b) Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
c) Departamento de Recaudación.
d) Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
e) Departamento de Informática Tributaria.
f)Departamento de Recursos Humanos.
2. A los efectos de esta Orden, la expresión «Agencia» se refiere a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Modificaciones
- Artículo modificado por Orden PRE/1814/2010, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias.
(BOE de 07-07-2010) en vigor desde 08-07-2010