Articulo 1 establece el titulo de Tecnico Superior en Guia, Informacion y Asistencias Turisticas y enseñanzas minimas
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Información y Comercialización Turísticas, contenida en el Real Decreto 2217/1993, de 17 de diciembre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-09-2009 en vigor desde 06-09-2009