Articulo 1 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
La presente ley tiene por objeto establecer, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, el régimen jurídico de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se celebren en establecimientos o espacios abiertos al público, siempre que se desarrollen íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma.