Articulo 1 Empleo Público

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Artículo 1. Objeto.

Vigente

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La presente ley tiene por objeto la ordenación, regulación y desarrollo del empleo público en el ámbito definido en el artículo 2, como instrumento para la gestión de las políticas encaminadas a la satisfacción de los intereses generales, en ejercicio de las competencias atribuidas al Principado de Asturias en su Estatuto de Autonomía, y en desarrollo de la legislación básica en materia de empleo público.