Articulo 1 DOGC
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»Artículo 1. Objeto de la Ley.
Vigente
El objeto de la presente ley es regular el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) como servicio público de acceso universal y gratuito y dotar de carácter oficial, plena autenticidad y validez jurídica la edición del DOGC en soporte digital.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-06-2007 en vigor desde 13-06-2007