Articulo 1 Derecho a la Vivienda
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Artículo 1. Objeto.

Vigente

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La presente Ley Foral tiene por objeto:

  1. Contribuir a garantizar en Navarra el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada que reconoce el artículo 47 de la Constitución, regulando la oferta de vivienda protegida de modo que se adecue en la mayor medida posible a las necesidades reales.

  2. Fomentar la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas.

  3. Establecer las condiciones, medidas y procedimientos que permitan llenar plenamente de contenido el derecho al disfrute de una vivienda de toda la ciudadanía.

  4. Establecer el régimen jurídico y los requisitos de adjudicación, gestión y control de las viviendas protegidas, a través de la regulación del Censo de solicitantes de vivienda protegida.

  5. Asimismo, además de las actuaciones protegibles en materia de vivienda, la presente Ley Foral regula diversos aspectos de su régimen legal, así como medidas de fomento de la calidad de la construcción, de control y prevención del fraude y de defensa y restauración de la legalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-05-2010 en vigor desde 17-07-2010