Articulo 1 Cuerpo de Agentes Forestales
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Artículo 1. Objeto

Vigente

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Por la presente Ley se crea el Cuerpo de Agentes Forestales, clasificado como de Administración Especial de conformidad con ls dispuesto en el artículo 32.1.

b) de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2002 en vigor desde 05-04-2002