Articulo 1 Coordinación d...-Derogada-

Articulo 1 Coordinación de las Policías Locales de Andalucía -Derogada-

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Artículo 1. Objeto.

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La presente Ley tiene por objeto la regulación de la coordinación de las Policías Locales de Andalucía, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2001 en vigor desde 04-01-2002