Articulo 1 Convenio relativo al procedimiento simplificado de extradición entre los Estados miembros de la U.E.
Convenio relativo al procedimiento simplificado de extradición entre los Estados miembros de la U.E.
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»Artículo 1. Disposiciones generales
Vigente
1. El presente Convenio tiene por objeto facilitar la aplicación entre los Estados miembros de la Unión Europea del Convenio Europeo de Extradición, completando las disposiciones del mismo.
2. El apartado 1 no afectará a la aplicación de disposiciones más favorables de acuerdos bilaterales o multilaterales que estén en vigor entre Estados miembros.